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Autoridades podrán restringir y dispersar reuniones

San Luis Capital

La LXII Legislatura aprobó la aplicación de sanciones corporales para quien infrinja los protocolos de salud, por lo que ahora será posible que se sancione con trabajo comunitario esta omisión. La aprobación de la modificación a la ley busca dar facultades a la autoridad sanitaria, a efecto de que dentro de su marco normativo, aplique sanciones que más que coercitivas, implican la generación de un cambio de cultura, del desarrollo de una conciencia del ciudadano, para consigo y sus semejantes, ante la presencia de la pandemia por COVID-19.

Así, se define la facultad de establecer restricción y, en su caso, disuasión, retiro o dispersamiento de personas en y de lugares públicos, así como de privados con aglomeraciones de más de una persona, que no respeten las indicaciones sanitarias, o que no porten las medidas de protección que haya declarado la autoridad sanitaria para enfrentar una pandemia o determine la autoridad sanitaria en aras de protección de la salud.

La inobservancia de estas determinaciones que durante una pandemia decrete la autoridad sanitaria, dará lugar indistintamente a las siguientes sanciones: retiro del lugar del que se trate, dispersión, y trabajo en favor de la comunidad.

Aprobaron medidas de protección para profesionales de la salud

Los diputados del Congreso del Estado aprobaron la reforma a la Ley de Salud con el objetivo de establecer programas de protección y contención, dirigidos a los profesionales de la salud, pues estos desempeñan un papel fundamental en el manejo de la pandemia del COVID-19 y se encuentran expuestos a situaciones de estrés intenso y constante, ocasionándoles diversas reacciones emocionales, conductuales, cognitivas y físicas, que tarde o temprano se verán reflejadas tanto en sus vidas personales como en el desempeño de su actividad profesional.

Además, como parte de las facultades del Sistema Estatal de Salud, se añade el “diseñar acciones de política pública encaminada a lograr el permanente cuidado y protección del personal de salud, atendiendo las necesidades físicas, materiales y psicológicas del mismo, teniendo como eje los derechos humanos, así como el principio por persona”.

Inviable establecer multas por no usar cubrebocas

Al respecto la diputada, Angélica Mendoza Camacho, Presidenta de la Comisión de Salud y Asistencia Social, mencionó que ya se tenía una iniciativa parecida que había sido propuesta por un grupo de abogados, la cual la mayoría de los diputados de la Comisión optaron por no establecer multas para quien no utilice cubrebocas, pues se está viviendo una situación de crisis para la gente por lo cual no es viable.

Angélica Mendoza mencionó que las reformas realizadas a la Ley de Salud del Estado, en virtud de la iniciativa presentada por los abogados, sí incluyen sanciones, como llamar atención a las personas, trabajo comunitario, incluso un arresto de hasta 36 horas, pero nada de multas pecuniarias que van a afectar la economía de los ciudadanos, “no es prudente en este momento establecer sanciones económicas”.

San Luis Capital

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