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	<title>Corte &#8211; Periódico Region Centro</title>
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	<description>Noticas de San Luis Potosi &#124; Periodico SLP</description>
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	<title>Corte &#8211; Periódico Region Centro</title>
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		<title>Avala la Corte seguro obligatorio para todos los vehículos en Puebla</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Editor Diego]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 07 Oct 2025 16:58:14 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Información General]]></category>
		<category><![CDATA[Corte]]></category>
		<category><![CDATA[nacional]]></category>
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					<description><![CDATA[Declara constitucional la exigencia de contar con póliza de responsabilidad civil por daños a terceros. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este lunes, por primera vez, la obligación de que todos los vehículos cuenten con un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, al declarar constitucional una reforma aprobada en [&#8230;]]]></description>
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<p>Declara constitucional la exigencia de contar con póliza de responsabilidad civil por daños a terceros.</p>



<p>La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este lunes, por primera vez, la obligación de que todos los vehículos cuenten con un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, al declarar constitucional una reforma aprobada en diciembre de 2023 a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla.</p>



<p>Por seis votos contra tres, el Pleno de la Corte resolvió que la disposición no vulnera los derechos humanos al libre tránsito ni la libertad contractual, como alegaba la Comisión de Derechos Humanos de Puebla (CDHP), que había impugnado la medida.</p>



<p>OBLIGACIÓN CONSTITUCIONAL Y ENFOQUE DE SEGURIDAD VIAL</p>



<p>“El hecho de que la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla prevea la obligación de que las personas conductoras de vehículos motorizados cuenten con un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, no implica una restricción al desplazamiento (…) solamente es un requisito aplicable a ese medio de transporte específico y no a la persona que ejerce el derecho a la movilidad”, establece la sentencia.</p>



<p>El fallo señala además que esta obligación es eficaz para garantizar la seguridad vial, al recordar que los accidentes de tránsito causan diariamente daños materiales, lesiones e incluso muertes, por lo que es fundamental contar con un seguro que asegure la reparación integral de los daños.</p>



<p>MINORÍA PIDIÓ CONSIDERAR CONDICIONES SOCIALES</p>



<p>En la votación, el Ministro Presidente Hugo Aguilar y la Ministra María Estela Ríos manifestaron su desacuerdo parcial, al considerar que la obligación debía aplicarse con criterios diferenciados en zonas rurales.</p>



<p>“Nos pidieron justicia cercana al pueblo”, señaló Aguilar, mientras Ríos subrayó que la realidad social “no es pareja para todos”, destacando las dificultades económicas de quienes apenas pueden adquirir un vehículo.</p>



<p>ANULAN SANCIÓN DESPROPORCIONADA</p>



<p>En una segunda resolución, la SCJN invalidó una disposición de la misma ley poblana que contemplaba la cancelación de la licencia de conducir hasta por diez años para quienes circularan sin seguro, al considerar que la sanción era desproporcionada.</p>



<p>La norma anulada también aplicaba para los conductores que no contaran con licencia, placas, hologramas o tarjeta de circulación.</p>



<p>CONTEXTO NACIONAL</p>



<p>Aunque diversos estados han legislado ya la obligatoriedad de contar con seguros de responsabilidad civil vehicular, la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial —expedida en 2023— no los establece de forma forzosa.</p>



<p>En el ámbito federal, el seguro obligatorio para el autotransporte existe desde 2013, siendo el propietario del vehículo quien debe contratarlo.</p>
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		<title>Suprema Corte revoca inhabilitación contra Xavier Nava Palacios</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Martin]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 25 Jun 2025 22:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Destacadas]]></category>
		<category><![CDATA[Información General]]></category>
		<category><![CDATA[San Luis]]></category>
		<category><![CDATA[Corte]]></category>
		<category><![CDATA[INHABILITACIÓN]]></category>
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		<category><![CDATA[SLP]]></category>
		<category><![CDATA[slp local]]></category>
		<category><![CDATA[Xavier Nava Palacios]]></category>
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					<description><![CDATA[La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió a favor del exalcalde de San Luis Potosí, Xavier Nava Palacios, al concederle el amparo 91/2024, con lo que queda sin efecto la inhabilitación de 18 años que le impuso el Congreso del Estado en 2021. Esto le permite recuperar plenamente [&#8230;]]]></description>
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<p>La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió a favor del exalcalde de San Luis Potosí, Xavier Nava Palacios, al concederle el amparo 91/2024, con lo que queda sin efecto la inhabilitación de 18 años que le impuso el Congreso del Estado en 2021. Esto le permite recuperar plenamente sus derechos político-electorales.</p>



<p>Durante la sesión de este miércoles, el proyecto presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf fue aprobado con cuatro votos a favor y uno en contra, lo que confirma que Nava podrá participar nuevamente en procesos electorales y aspirar a cargos públicos. La resolución representa un revés legal para el Legislativo local, que en su momento lo sancionó por desacatar un amparo federal durante su administración municipal.</p>



<p>El caso tuvo origen en la construcción de un puente vehicular en el bulevar Antonio Rocha Cordero, entre el Río Españita y Avenida Industrias, obra que fue realizada a pesar de una orden judicial que lo prohibía. Esta acción derivó en la inhabilitación tanto del exalcalde como de varios miembros de su gabinete.</p>



<p>Con esta determinación de la Corte, Xavier Nava queda exonerado de los señalamientos y queda en posibilidad de regresar a la función pública, luego de casi cuatro años de batalla legal. La sentencia también representa un llamado de atención sobre el uso de sanciones administrativas con posible sesgo político.</p>
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		<title>Busca AMLO reducir a la Corte</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Martin]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 06 Feb 2024 03:00:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[2024 La Sucesión]]></category>
		<category><![CDATA[Destacadas]]></category>
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					<description><![CDATA[El Presidente Andrés Manuel López Obrador propondrá una reforma al Poder Judicial que acote la actuación de Ministros, reduzca su número y los someta a mayores medidas de disciplina cuando no cumplan con sus obligaciones de imparcialidad y justicia expedita. De acuerdo con el proyecto de reforma que el Ejecutivo presentará mañana, se insistirá en [&#8230;]]]></description>
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<p>El Presidente Andrés Manuel López Obrador propondrá una reforma al Poder Judicial que acote la actuación de Ministros, reduzca su número y los someta a mayores medidas de disciplina cuando no cumplan con sus obligaciones de imparcialidad y justicia expedita.</p>



<p>De acuerdo con el proyecto de reforma que el Ejecutivo presentará mañana, se insistirá en la elección de voto popular -para junio de 2025-, de Ministros, Magistrados y jueces, lo cual ya fue desechado por la Cámara de Diputados el año pasado.</p>



<p>Los candidatos serían propuestos por el Ejecutivo, el Congreso y el Poder Judicial, con 10 nombres por cada cargo a elegir.</p>



<p>Para la Corte, se prevé reducir el pleno de 11 a 9 integrantes, el periodo de los Ministros de 15 a 12 años y serían renovados en elecciones escalonadas, cada tres años.</p>



<p>Además, prohibirá a los integrantes del Poder Judicial dar suspensiones generales en leyes controvertidas y sancionar a los Ministros que no resuelvan asuntos fiscales en seis meses.</p>



<p>La presidencia de la Suprema Corte dejaría de presidir al mismo tiempo el Consejo de la Judicatura.</p>



<p>Este órgano desaparecería y de él habría dos nuevas instituciones, una de control interno, llamado Tribunal de Disciplina Judicial, y otro dedicado a la administración del Poder Judicial.</p>



<p>El nuevo Tribunal será el encargado de sancionar a los juzgadores federales e, incluso, tendrá la atribución de solicitar a la Cámara de Diputados el juicio político contra Ministros de la Corte.</p>



<p>El Tribunal de Disciplina podrá investigar a funcionarios jurisdiccionales que incurran en actos u omisiones contrarias a la ley, al interés público o a la adecuada administración de justicia.</p>



<p>La reforma constitucional al Poder Judicial prohíbe también el pago de los haberes de retiro para los Ministros que serían relevados del cargo y para los electos.</p>



<p>Sin embargo, sí se les respeta la pensión vitalicia a quienes ya gozan de ella, como es el caso de la senadora Olga Sánchez Cordero y el exministro Arturo Zaldívar, quien renunció al cargo para apoyar la campaña de Claudia Sheinbaum.</p>



<p>Además, se agrega la disposición de prohibir que las remuneraciones de los Ministros, Magistrados y jueces de distrito sean mayores a la del Ejecutivo federal.</p>



<p>La propuesta se presentará tras quejas del Ejecutivo contra Ministros y jueces que han revertido la aplicación de las leyes prioritarias de su Gobierno, ya sea por declararlas inconstitucionales o que en su aprobación se ha violado el debido proceso.</p>



<p>El caso más reciente fue la declaración de inconstitucionalidad de la Ley de la Industria Eléctrica en la Segunda Sala de la Corte.</p>



<p>Con esto, el Mandatario propone mano dura para los juzgadores del País tras afirmar en repetidas ocasiones que el Poder Judicial está podrido, que necesita una profunda reforma, que los Ministros de la Corte son parciales y corruptos, parte de los conservadores, afines a los grupos de poder y que no aplican justicia expedita.</p>



<p>Con la reforma constitucional, López Obrador plantea dar amplias atribuciones al nuevo Tribunal de Disciplina para sancionar, hasta penalmente si es necesario, a los Ministros, Magistrados y jueces.</p>



<p>Este nuevo órgano se integrará por cinco miembros electos por la ciudadanía, también con propuestas del Ejecutivo federal.</p>



<p>“El Tribunal de Disciplina podrá conocer, investigar, substanciar y, en su caso, sancionar a las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación que incurran en actos u omisiones contrarias a la ley, al interés público o a la adecuada administración de justicia.</p>



<p>“Incluyendo aquellas vinculadas con hechos de corrupción, tráfico de influencias, nepotismo, complicidad o encubrimiento de presuntos delincuentes, o cuando sus determinaciones no se ajusten a los principios de objetividad, imparcialidad, independencia, profesionalismo o excelencia, además de los asuntos que la ley determine”, indica la propuesta de reforma al artículo 100 de la Constitución.</p>



<p>Señala que las sanciones que emita el Tribunal podrán incluir la amonestación, suspensión, sanción económica, destitución e inhabilitación de las personas servidoras públicas.</p>



<p>Los Ministros serán una excepción, ya que sólo podrán ser removidos en los términos del título cuarto de la Constitución, que habla sobre responsabilidades de los servidores públicos.</p>



<p>“El Tribunal podrá requerir información, llamar a comparecer y apercibir a las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación para el desarrollo de sus investigaciones, presentar denuncias ante el Ministerio Público competente ante la posible comisión de delitos y solicitar el juicio político de Ministros ante la Cámara de Diputados”, cita la reforma que presentará el Presidente.</p>



<p>Agrega que las decisiones del Tribunal de Disciplina serán definitivas e inatacables.</p>



<p>La reforma propone eliminar la redacción actual en la Constitución, que sólo indica que la Suprema Corte de Justicia de la Nación “podrá solicitar” al Consejo de la Judicatura Federal que averigüe la conducta de algún juez o Magistrado federal.</p>



<p>“Cualquier persona o autoridad podrá denunciar ante el Tribunal de Disciplina Judicial hechos que pudieran ser objeto de sanción cometidos por alguna persona servidora pública del Poder Judicial de la Federación a efectos de que investigue y, en su caso, sancione la conducta denunciada”, dice la iniciativa presidencial.</p>



<p>En la exposición de motivos, el proyecto indica que la modificación en el diseño y la estructura de los órganos administrativos y disciplinarios del Poder Judicial tienen el objetivo de garantizar su autonomía, independencia y especialidad técnica.</p>



<p>También, agrega, se pretende “desligar” la función jurisdiccional de las tareas estrictamente administrativas que inciden en el nombramiento, adscripción y formación de jueces y Magistrados.</p>
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