Este jueves, el Congreso del Estado de San Luis Potosí desechó la iniciativa que buscaba modificar el artículo 190 Bis del Código Penal del Estado, la cual proponía añadir sanciones por la difusión de imágenes y videos de personas fallecidas o accidentadas.
La propuesta, presentada por los diputados locales René Oyarvide Ibarra del Partido del Trabajo y José Antonio Lorca Valle de Morena, pretendía incorporar el delito de “dignidad póstuma”. Esta modificación apuntaba a penalizar a quienes difundieran, publicaran, transmitieran, expusieran, remitieran, distribuyeran, grabaran, fotografiaran, filmaran, reprodujeran, comercializaran, ofrecieran, intercambiaran o compartieran imágenes, audios o videos de cadáveres o partes de ellos.
La reforma proponía que la sanción se aplicara siempre y cuando estos actos estuvieran relacionados con una investigación o procedimiento penal, y se realizaran sin el consentimiento de la autoridad competente o los familiares directos de la víctima. Las penas sugeridas eran de dos a cuatro años de prisión y una multa de cien a cuatrocientas Unidades de Medida y Actualización.
No obstante, aunque no se detallaron los motivos específicos, se argumentó que la reforma podría invadir el ámbito de competencia federal, ya que esta causal no estaba prevista en la ley federal. Esto podría provocar un conflicto de leyes y llevar a una impugnación e inaplicación de la norma por parte de la Suprema Corte de Justicia, razón por la cual el congreso decidió desechar la propuesta.