Con la publicación del Periódico Oficial del Estado, ayer cobró vigencia la Ley para la Protección al ejercicio de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del Estado.
Aprobada por la pasada Legislatura, correspondió al gobernador Ricardo Gallardo Cardona ordenar la publicación de la ley, a través del decreto 003.
Se explica que la ley tiene como propósito “la protección de personas defensoras de los derechos humanos así como la defensa al ejercicio del periodismo y la libertad de expresión”.
Además, establece que sirve como homologación con la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
También establece la evaluación de riesgos para determinar el mecanismo a aplicar, ya sea, medidas preventivas, medidas de protección o medidas urgentes de protección para activistas en derechos humanos y periodistas en riesgo.
La Ley también crea un Comité Estatal de Protección de las Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, que excluye a funcionarios públicos en su integración, pues “atraería un desequilibrio en la toma de decisiones de dicho comité”.
No ocurre así en el Mecanismo Estatal de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, que estará presidido por el secretario general de Gobierno, acompañado de los titulares de la Secretaría de Seguridad Pública, la Fiscalía General del Estado, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, además del titular de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, dos representantes de los periodistas, otros dos de los activistas y un representante legislativo.