El Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito rechazó este martes la solicitud de suspensión provisional en el amparo presentado por la organización Cambio de Ruta, que buscaba detener temporalmente la municipalización de Villa de Pozos.
El magistrado Jaime Arturo Garzón Orozco explicó que la negativa se basó en que el decreto impugnado es una norma general, lo que según el artículo 148 de la Ley de Amparo, impide otorgar suspensiones con efectos generales. También se argumentó que los actos cuestionados son sucesivos y no pueden ser suspendidos.
Cambio de Ruta había impugnado varios artículos del decreto 1074, argumentando que violaban principios constitucionales relacionados con la seguridad jurídica y la unidad social. No obstante, el tribunal consideró que estas objeciones eran omisiones más que actos específicos.
A pesar del rechazo a la suspensión, el Congreso del Estado seguirá adelante con la designación del Concejo Municipal y el proceso de entrega-recepción, con la previsión de que las nuevas instituciones comiencen a operar el 1 de octubre.