Por mayoría de votos, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) modificar la fecha del inicio de las precampañas del 5 de noviembre a una comprendida entre el 20 y 26 de noviembre.
Además, determinó que el nuevo acuerdo que emita deberá considerar que la duración de las precampañas no podrá ser mayor de 60 días y dejó sin efecto la fecha de la conclusión de las precampañas previstas para el 3 de enero del 2024.
Lo anterior, a fin de que el Instituto determine tanto el inicio de las precampañas y la conclusión de éstas -que deberá fundar y motivar-, respetando los derechos y facilitando las obligaciones de los partidos políticos.
En sesión pública, la mayoría de magistrados revocaron el acuerdo aprobado por el Consejo General del INE mediante el cual estableció diversos criterios y plazos de procedimientos relacionados con el periodo de precampañas para el proceso electoral en marcha.
Y es que el INE aprobó que las precampañas electorales darán inicio el 5 de noviembre del 2023 y concluirán el 3 de enero del 2024, acuerdo que fue impugnado ante la Sala Superior por el partido Movimiento Ciudadano (MC).
El magistrado presidente Reyes Rodríguez dijo que el INE tiene facultad para cambiar los plazos, pero siempre y cuando se trate de casos excepcionales y debidamente justificados, como sucedió en el 2021, derivado de la pandemia de Covid-19.
Sin embargo, precisó que cualquier modificación a esa fecha u otro plazo, requieren de una motivación explícita para justificar la excepcionalidad.
Rodríguez Mondragón argumentó que el Tribunal tiene que ser referente a las autoridades electorales, pero también aplicar la ley y darle certeza a los partidos políticos para que conduzcan sus acciones conforme a las leyes y parea que puedan definir sus estrategias.
El proyecto fue aprobado por cuatro votos a favor de los magistrados Felipe de la Mata, Indalfer Infante, Felipe Fuentes Barrera y Reyes Rodríguez.
Sus pares, Mónica Soto y Vargas Valdez, votaron en contra, al recordar que la fecha de conclusión de las precampañas, esto es, el 3 de enero del 2024, ya había quedado firme.
“…decir que es útil que se pueda modificar la fecha, puede ser útil, pero no es legal y eso hay que decirlo con toda claridad. ¿Por qué razón?, porque lo que aquí se está pretendiendo es que dos distintos actos jurídicos, en momento jurídico distinto, con efectos distintos se traduzcan en uno solo y eso, dejar sin efectos una resolución firme, es violentar los principios constitucionales”, expuso Vargas Valdez.