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Proponen tipificar delitos por uso indebido de inteligencia artificial

San Luis Capital

El diputado Héctor Serrano Cortés, presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado, presentó una iniciativa para reformar el Código Penal de San Luis Potosí, con el fin de incorporar un nuevo capítulo denominado “Uso indebido de inteligencia artificial para provocar alarma social”, que incluye los delitos de difusión dolosa de desinformación y manipulación institucional mediante inteligencia artificial. La propuesta fue respaldada por legisladoras y legisladores de diversas fracciones parlamentarias.

El proyecto plantea que quien, a sabiendas de su falsedad, genere o difunda imágenes, audios, videos o textos manipulados mediante sistemas de inteligencia artificial, con el fin de provocar alarma, temor o confusión social, será sancionado con penas de tres a seis años de prisión y multas de 300 a 600 Unidades de Medida y Actualización (UMA). Si la conducta se comete a través de medios masivos, plataformas digitales o redes sociales, la pena podrá incrementarse hasta en una mitad.

En el caso del delito de manipulación institucional mediante inteligencia artificial, se impondrán penas de cuatro a ocho años de prisión y multas de 500 a 1,000 UMA a quien genere o difunda contenidos falsos que simulen declaraciones o acciones de autoridades o instituciones públicas, con el propósito de afectar el orden, la seguridad pública o la legitimidad institucional. Las sanciones se agravarían si los hechos ocurren durante procesos electorales o de seguridad.

La iniciativa también establece sanciones para el uso no autorizado de imagen o voz generada con IA, con penas de uno a tres años de prisión y multas de 100 a 300 UMA, cuando se utilicen sistemas automatizados para crear o difundir contenidos que simulen la identidad, apariencia o voz de una persona sin su consentimiento. Las penas aumentarían si se demuestra un fin de lucro o daño al honor de la víctima.

Serrano Cortés precisó que la propuesta no vulnera la libertad de expresión, pues excluye del ámbito penal los contenidos periodísticos, académicos, artísticos, de parodia o crítica política, siempre que se indique claramente su naturaleza y no exista dolo en su difusión. La iniciativa fue turnada a la Comisión Primera de Justicia para su análisis y dictamen.

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