Las denuncias penales serían presentadas ante la Fiscalía Anticorrupción
Una vez que la Auditoría Superior del Estado cumplió en tiempo y forma ante el Congreso del Estado, con la entrega de los informes General e Individuales de Auditoría correspondientes a las Cuentas Públicas 2018, el proceso de fiscalización continúa con una serie de acciones a seguir, las cuales están sujetas a diversos plazos perentorios que deben cumplirse. Entre las sanciones que se pueden aplicar, en caso que los hechos sean graves, son denuncias penales ante la Fiscalía Anticorrupción.
La primera acción ejecutada por la Auditoría Superior del Estado, fue la publicación en internet de los informes General e Individuales, y en este momento corre el plazo para notificar a los entes auditables el resultado de la fiscalización, que es de 10 días hábiles a partir de la entrega de los informes.
Concluido el plazo anterior, la ASE deberá recibir dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación, la documentación y argumentos que los entes fiscalizados consideren pertinente para el desahogo de sus observaciones, así como requerir que presenten información adicional, en caso de así considerarlo el organismo fiscalizador.
Habiendo evaluado las observaciones, y desahogado aquellas de las que el ente presentó pruebas suficientes, la ASE determinará en cantidad líquida, los daños y/o perjuicios a la Hacienda Pública, así como informará a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público en su caso, los posibles incumplimientos de carácter fiscal que haya encontrado. Aunado a lo anterior, deberá promover ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado, la imposición de sanciones contra servidores públicos en los casos que se hayan detectado faltas administrativas graves; así como ante los Órganos Internos de Control, la investigación y en su caso el procedimiento sancionador, si se detectaron faltas administrativas no graves.
Finalmente, deberá emitir denuncia penal ante la Fiscalía Anticorrupción por presuntos hechos delictivos, y ante el Congreso del Estado para juicio político, en su caso. Paralelo a los procedimientos que la ASE esté llevando a cabo, deberá informar el primer día hábil de los meses de noviembre y mayo, el estado que guarda el proceso de solventar las observaciones de las entidades fiscalizadas, como lo marca la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas.
You should be a part of a contest for one of the finest blogs
online. I’m going to highly recommend this site!